Visado de Nómada Digital

El visado de nómada digital es una forma de vivir legalmente en España con la posibilidad de trabajar de forma remota para una empresa extranjera o por cuenta propia, siempre que la actividad empresarial principal se desarrolle fuera de España.

Los ciudadanos extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y que trabajen de forma remota para una empresa ubicada fuera de España pueden optar a este tipo de residencia.


Este tipo de residencia está pensado para extranjeros que trabajan de forma remota utilizando un ordenador, no están vinculados a un lugar de trabajo fijo, pero desean vivir en España.

Es necesario acreditar formación profesional o experiencia laboral de al menos tres años. Para ello se requiere un título, así como pruebas de la posibilidad de desempeñar las funciones laborales a distancia para una empresa registrada fuera de España que lleve al menos un año de actividad, debiendo el solicitante acreditar su actividad durante los últimos tres meses. Los freelancers que colaboran activamente con empresas extranjeras también pueden optar a este tipo de residencia.

Al solicitar la residencia desde territorio español, el solicitante, así como los miembros de su familia (cónyuge, hijos menores de edad, hijos mayores de 18 años a su cargo, así como familiares en línea ascendente directa a su cargo), pueden obtener una autorización de estancia por un período de tres años con derecho a trabajar. Posteriormente puede renovarse por dos años más, tras lo cual es posible tramitar la residencia permanente.
*SMI El salario mínimo interprofesional para 2026 está fijado en 1424,5 euros al mes (12 pagas al año)

El solicitante debe demostrar que dispone de ingresos mensuales suficientes para mantenerse a sí mismo y a los miembros de su familia, de acuerdo con los siguientes importes:

  • para el trabajador — el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI*) al mes.
  • Para familias compuestas por dos personas, incluyendo al solicitante y a la persona a su cargo, se añade un 75% del SMI, y un 25% adicional del SMI por cada miembro adicional a esas dos personas.

Estos importes pueden acreditarse, entre otros medios, mediante contrato, nómina, facturas emitidas, certificado del empleador y extracto de la cuenta bancaria del solicitante de los últimos tres meses, etc.

Preguntas frecuentes:
  • ¿Será necesario pagar impuestos en España?

    Sí, los nómadas digitales son residentes fiscales, pero los trabajadores por cuenta ajena pueden acogerse a un régimen fiscal especial (Régimen Beckham), con el cual el tipo impositivo puede reducirse al 24% sobre los primeros 600.000 € de renta durante 6 años. En el régimen general se aplica una escala progresiva de tributación.

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  • ¿Puede el nómada digital desplazarse dentro o fuera del espacio Schengen?
    Sí, con la tarjeta de residencia puede desplazarse libremente por los países Schengen y salir de España sin infringir las normas de residencia — hasta 6 meses al año.
    Pero no debe olvidar los plazos establecidos para obtener la residencia permanente y la nacionalidad.

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  • ¿Puede obtener este permiso un freelance no registrado oficialmente o que preste servicios a particulares?
    Lamentablemente no, la Ley 14/2013 no contempla esas condiciones. Además, el freelance debe estar registrado como autónomo en España.
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  • ¿Cómo se presenta la solicitud?
    Nosotros la presentamos por usted, de forma remota, y le acompañamos hasta la obtención de la tarjeta de residencia.
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